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CONTRATO DE FACTORING



CONTRATO DE FACTORING - FACTORING AGREEMENT

[Document's City / Ciudad del Documento], el [Document's Date / Fecha del Documento].

REUNIDOS

DE UNA PARTE, [Representante del Factor], mayor de edad, con domicilio en [Domicilio del representante del factor], actuando en nombre y representación de [Nombre del Factor], con domicilio social en [Domicilio del Factor], constituida en [Ciudad de constitución del Factor], el día [Fecha de Constitución], ante el Notario de [Ciudad del Notario del Factor], [Notario del Factor], bajo el número [Número del Notario del Factor] de los de su protocolo, en lo sucesivo FACTOR.

Representación que ostenta en virtud de escritura de [Tipo de escritura], otorgada el [Document's Date / Fecha de la Escritura], ante el Notario [Client's Name / Nombre del Cliente] número [Notary's Number / Número del Notario] de [Notary's City / Ciudad del Notario].

DE OTRA PARTE, [Representante del Cedente], mayor de edad, con domicilio en [Domicilio del representante del cedente], actuando en nombre y representación de la entidad [Nombre del Cedente], con domicilio social en [Domicilio del Cedente], constituida en [Ciudad de Constitución del Cedente], el día [Fecha de Constitución del Cedente], ante el Notario de [Ciudad del Notario del Cedente], [Notario del Cedente], bajo el número [Número del Notario del Cedente] de los de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de [Ciudad del Registro del Cedente], al Tomo [Número del Tomo del Cedente], Libro [Número del Libro del Cedente], folio [Número del Folio del Cedente], Hoja [Número de Hoja del Cedente], en lo sucesivo CEDENTE.

Representación que ostenta en virtud de escritura de [Tipo de escritura], otorgada el [Document's Date / Fecha de la Escritura], ante el Notario [Client's Name / Nombre del Cliente] número [Notary's Number / Número del Notario] de [Notary's City / Ciudad del Notario].

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente contrato de FACTURACIÓN y, a tal fin,


MANIFIESTAN


Que ambas partes han acordado realizar este CONTRATO DE FACTURACIÓN (FACTORING), con el objeto principal de llevar a cabo operaciones de gestión de cobro de créditos y anticipo de fondos, sometiéndose a las siguientes

CONDICIONES GENERALES

1a. La Sociedad CEDENTE, se obliga a ceder al FACTOR, todos los créditos, con todos sus accesorios, que aquélla ostenta frente a sus clientes, en adelante DEUDORES, como consecuencia de las actividades que constituyen su objeto social, consistente en la comercialización de [Descripción de comercialización].

2a. La cesión comprenderá la totalidad de la facturación emitida por la CEDENTE, y se efectuará mediante la comunicación escrita al FACTOR a la que se acompañarán los documentos negociables correspondientes. Se remitirán al FACTOR letras, o cualquier documento representativo de los créditos, adjuntándose también las copias de venta, albaranes de entrega o realización de los trabajos, firmados por el transportista y el comprador.

El CEDENTE está obligado a incluir en sus facturas de venta, un endoso indicativo de que las correspondientes cuentas se han cedido al FACTOR y sólo serán pagaderas a éste.

3a. Por el presente contrato, el CEDENTE se obliga a:

a) Someter a la aprobación del FACTOR, todas las operaciones de venta que sus deudores le propongan, y todas aquellas operaciones que puedan alterar y afectar al contenido del este contrato.

b) El CEDENTE responderá frente al FACTOR de la vigencia, legitimidad y validez de todas las cuentas cedidas, declarando que sobre las mismas no existe gravamen alguno, ni problema relacionado con la entrega de la mercancía o con la mercancía en sí, y que todas las cuentas son de ventas ciertas, en ningún caso sometidas a condición.

c) El CEDENTE otorgará a favor del FACTOR poder suficiente para cobrar o endosar los talones que el comprador le entregue en pago de los créditos cedidos, además el CEDENTE informará al FACTOR de cualquier incidencia referente a las cuentas cedidas.

d) No podrá el CEDENTE, más que con la previa y expresa autorización del FACTOR, pactar variaciones en el valor de las cuentas cedidas a éste.

e) En todo lo que se refiere a las cuentas cedidas y las que se deriven de las reclamaciones por daños y perjuicios, el CEDENTE asume todas las responsabilidades en caso de incumplimiento de sus deudores.

f) Para la realización de los créditos, el CEDENTE se obliga a no intervenir en ninguna gestión conducente a la satisfacción de los mismos, a excepción de la asistencia que le solicite el FACTOR, para el ejercicio de sus derechos en litigios, que consistirá en la entrega de toda la documentación que fuera necesaria.

g) Cuando la falta de pago de un crédito sea por motivo distinto de la insolvencia del comprador y no sea por causa imputable al FACTOR, el CEDENTE soportará esta falta de pago, y devolverá al FACTOR las cantidades que hubiere recibido de él, simultáneamente el FACTOR devolverá al CEDENTE estos créditos.

h) El CEDENTE dará al FACTOR en concepto de remuneración por sus funciones, el [Porcentage del Crédito] por ciento del nominal de los créditos cedidos.


Cuarta. Las obligaciones del FACTOR son:

a) Está obligado a hacer todo lo necesario para cobrar los créditos que le han sido transmitidos, de conformidad con los usos mercantiles.

b) Aprobar las operaciones que el CEDENTE le proponga, estableciendo límites por cada comprador, pudiendo rechazar las ventas que a su juicio que no tengan suficiente garantía o no reúnan las condiciones adecuadas.

c) Realizar investigaciones sobre la solvencia de los deudores del CEDENTE, cuando fuera necesario. Para ello, el CEDENTE pondrá a su disposición los libros, documentos y contabilidad, y a su vez el FACTOR no podrá revelar estos extremos, conforme el sigilo profesional.

d) Abonará al CEDENTE la diferencia entre el importe de los créditos cedidos y la remuneración acordada como pago a sus gestiones. El abono se realizará [Form of Payment / Forma de pago] y en [Place for Payment / Lugar de pago].

e) Anticipar al CEDENTE, cuando éste lo solicite, cantidades en efectivo sobre los créditos en un [Porcentage de los créditos] por ciento. En este caso, el tipo de interés aplicable es del [Interés aplicable] por ciento y se descontará de los créditos conforme se transmitan al FACTOR.

f) El FACTOR en un [Porcentage de riesgo] por ciento asumirá el riesgo de insolvencia de los deudores, declarada judicialmente, hasta el límite de [Límite de interéss] por ciento, como cantidad máxima aceptada en la transmisión del crédito. Esta asunción de riesgo, está sometida a: que el CEDENTE tuviera la aprobación previa del FACTOR para cada cliente, que todo crédito transmitido corresponda a una entrega efectiva de las mercancías o servicios al comprador por parte del CEDENTE, y que el CEDENTE haya prestado al FACTOR, la asistencia necesaria para ejercitar su derecho en litigio, haciéndole entrega de los documentos y poderes necesarios.

5a. El presente contrato tendrá una duración de [Contract Duration / Duración del contrato], pero se prorrogará tácitamente por períodos iguales hasta que una de las partes comunique a la otra su voluntad de extinguirlo. Pero el CEDENTE no podrá extinguirlo hasta que todas sus obligaciones con el factor sean satisfechas.

Sin embargo, serán causas de vencimiento anticipado a voluntad del FACTOR, los supuestos de suspensión de pagos, y quiebra del CEDENTE. Extinguido el contrato el CEDENTE devolverá al FACTOR las cantidades que éste le hubiere anticipado y que estén pendientes de reembolso.

6a. El incumplimiento por cualquiera de ambas partes de las condiciones pactadas en el presente contrato, dará derecho a la otra parte para optar entre la resolución del mismo o la exigencia de su cumplimiento, con indemnización por daños y perjuicios.

7a. El presente contrato tiene carácter mercantil y se estará en su cumplimiento a lo dispuesto en sus Condiciones Generales y en todo lo que no se encuentre en ellas contemplado, por el Código de Comercio, leyes especiales, Código Civil y usos mercantiles.

8a. Acuerdan las partes resolver cualquier litigio o discrepancia que pudiere surgir de la interpretación o ejecución del presente contrato, por medio [Forma de arbitraje].

Y en prueba de conformidad, firman el presente por duplicado y a un solo efecto, en la ciudad y fecha arriba indicadas.




Fdo.: [Signer's Name / Nombre del Firmante]
Fdo.: [Signer's Name / Nombre del Firmante]